La Formación Profesional en España (II)

La Formación  Profesional en España (II)

¿Existe todavía la FP Ocupacional y la Continua? ¿Puedo convalidar parte de un Ciclo Medio/Superior con algún Certificado de Profesionalidad? ¿Sirve mi experiencia para acreditar formación?

Decíamos en el post anterior que las cualificaciones profesionales son la clave de nuestro Sistema de FP y permiten a las personas obtener unas competencias que facilitan la movilidad y el desarrollo profesional y personal.

En cuestión de 5 años la configuración de la FP en España ha cambiado no sólo estructuralmente, sino que al incorporar las cualificaciones lo ha hecho conceptualmente, tratando de definir un verdadero sistema integral de FP que responda a las demandas y cambios del mercado de trabajo.

Para situarnos, daremos un ligero repaso a cómo era la FP antes del 2008. ¿Os acordáis de los famosos cursos de FPO (Formación Profesional Ocupacional) o los de FC (Formación Continua)? Seguro, ya que muchos de nosotros nos hemos formado con ellos y seguimos utilizando esos términos para hablar de formación para  trabajadores.

ANTECEDENTES

Nuestro sistema de FP se dividía en 3 subsistemas:

  • Formación Profesional Inicial o Reglada
  • Formación Profesional Ocupacional
  • Formación Continua.

Además tiene una peculiaridad: una parte depende de la Administración Educativa y otra de la Administración Laboral. Esto nos lleva a diferenciar entre la FP Reglada (se obtienen Títulos) y la FP no reglada (se obtienen  Diplomas o Certificados). Esto, unido a que en nuestro país nos gusta la “titulitis”, ha provocado tradicionalmente que haya una FP de primera y otra de segunda. @LUISLOPEZ1953 nos habla en profundidad en esta entrada de su blog.

La FP Inicial o Reglada, desde la Ley de Educación de 1970 se dividía en FPI y FPII se impartían en Centros Educativos Públicos o Privados dependientes de la Administración Educativa. Ya en 1990 con la LOGSE pasan a Ciclos formativos de Grados Medios y Ciclos formativos de Grados Superior y a partir de 2.002 con la Ley de las Cualificaciones y la LOE (2006) las enseñanzas se van adaptando a las Cualificaciones.

En relación a la Formación Profesional Ocupacional, el actual modelo tiene su origen en el Acuerdo Económico y Social (AES) de 1.984, que dio lugar en 1.985 al Primer Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (Plan FIP). Dependía directamente de las Administraciones de Empleo y pretendían mejorar la formación específica de las personas en situación de desempleo. Gozaban de buena reputación y, según qué familia profesional, se consideraban cuasi reglados (cursos de soldadura de 1.000 horas) dando un oficio a quien lo recibía.

La Formación Continua se desarrolló en el marco de los Acuerdos Nacionales de Formación, que supuso un impulso importante de la formación para el reciclaje, apoyándose sobre dos elementos indispensables: su financiación con cargo a las cotizaciones para formación profesional de todos los trabajadores y empresas y la participación de los Interlocutores Sociales y Agentes Económicos. Esta formación nunca ha estado reconocida y siempre se ha considerado como cursos de poca calidad/horas.

Después de 20 años de vigencia del Plan FIP, de la necesidad de dotar a  la formación continua de certificación, de la evolución de la FP reglada hacia un marco europeo, la aparición de un marco legislativo propicio (Ley cualificaciones y LOE), en los últimos Acuerdos de  formación para el empleo (2006)  ya se hablaba de un cambio radical que “revolucionaría” esta formación y crearía un nuevo sistema.

ACTUALMENTE

Es en 2007 cuando aparece de la mano de la Administración de Empleo el RD 395/2007 de 23 de marzo por el que se regula el subsistema de formación profesional para  el empleo. Esta norma es clave y necesaria para todo profesional que se dedique a la formación de trabajadores. Por otro lado con el RD 34/2008 de los Certificados de Profesionalidad se consigue que la formación para trabajadores se certifique y pueda ser ya convalidada por enseñanzas regladas.

Estas dos normativas marcan 5 hitos importantes que dan un giro radical al sistema y que nos interesan bastante:

  • Integra los dos subsistemas (FPO y FC) en uno solo: el subsistema de Formación Profesional para el Empleo.
  • Promueve la integración de las Cualificaciones Profesionales en la formación asociada a este nuevo subsistema
  • Se habla por primera vez de la modalidad de Teleformación elearning 😉 y se regula.
  • La formación vinculada a Certificados de Profesionalidad se Acredita y se obtiene un documento “oficial”  expedido por las Administraciones de empleo competentes.
  • La acreditación se puede obtener también por la vía de la evaluación y acreditación de la experiencia laboral.

Por lo tanto, la Formación Profesional pasa a tener solo  dos subsistemas:

  • La Formación Profesional Inicial. (Depende de Administraciones educativas)
  • La Formación Profesional para el Empleo (Depende de Administraciones de Empleo)

Sobre la FP reglada no vamos a profundizar más pues,  si tenemos intención de trabajar en ella, el camino es obvio… y no están las Administraciones muy dadas a ofertar plazas… Así que en los próximos post nos centraremos en la FP para el Empleo y cada una de iniciativas que desarrolla.

Iniciativas de la FPE

Iniciativas de la FPE

Y como nexo de unión entre ellos la Unidad de Competencia, la cual será la moneda de cambio entre los dos subsistemas.

Integración del Sistema de FP

Integración del Sistema de FP

Estas Unidades de Competencia se pueden adquirir por la vía de la formación (FP o FPE) o a través de la evaluación y la acreditación de la experiencia laboral, que se realiza en convocatorias públicas que lanzan conjuntamente las Administraciones de Empleo y Educación, sobre esto tenéis más info en el  Portal acredita.

 

Un ejemplo

com_mktSiguiendo el ejemplo del post anterior y centrándonos en la Formación para el Empleo en el  Sector del Marketing veamos esa correspondencia de las Unidades de competencia de títulos y certificados de profesionalidad. Y cómo aprovechar esto para vender nuestra formación.

Veamos en primer lugar cómo se ha desarrollado la cualificación de “Marketing y compraventa internacional” en los dos subsistemas.

  • En la FP reglada aparece en un Título de Ciclo Superior: Técnico Superior en Comercio internacional (2.000 h) que a su vez contiene parte de la Cualificación que nos interesa como se define el el BOE que lo regula. Además observamos que contiene a unidad de competencia que nos interesaba: La  UC1007_3: Obtener y elaborar información para el sistema de información de mercados y que se desarrolla formativamente en el currículo
  • En la FP para el Empelo esta misma Cualificación ha desarrollado 1 certificado de profesionalidad: El COM0110: Marketing y Compraventa Internacional y que desarrolla a su vez la UC1007_3 en contenidos formativos a través del MF1007_3 Sistemas de Información de Mercados. Si observamos la ficha, se han incluido 180 horas en vez de 120 (como marcaba la cualificación). No está equivocado, se incluyen criterios y realizaciones que tienen que ver con prácticas y vinculación al sistema productivo.

Por lo tanto, una persona que realice este Certificado de Profesionalidad en el  Subsistema de Formación para el Empelo, podrá convalidar la Cualificación completa  a la que hace referencia en ante la Administración Educativa si quiere cursar el ciclo comentado. En el caso de hacer solo el Módulo Formativo, podrá acreditar la Unidad de competencia también, pero solo las 120 horas.

Como formadores, si decidimos vender formación acreditable, en el Certificado de Profesionalidad tenemos detallado el MF1007 de nivel 3, requisitos y contenidos, así que ¡manos a la obra! Podemos diseñarlo en modalidad presencial, mixta o Teleformación eLearning. Y en los próximos post veremos en las distintas iniciativas de formación en la que nos podemos mover para ofertar nuestro curso.

Espero no  haber estado muy denso en este post 😛


Fuentes


Post anterior: La Formación Profesional en España (I)

31 comentarios

  1. María José Gago dice:

    Muy claro Marcelino!!! Excelente… No obstante, se aproximan algunos cambios… y aún no es visible por dónde va a salir… El futuro es incierto!!!

  2. Susana Naveiro dice:

    Enhorabuena Marcelino, muy clarificador y pedagógico. Ante el desconocimiento de qué , como , y para qué sirven los Certificados de Profesionalidad, en nuestros alumnos y usuarios,sería casi «imprescindible» incorporar pequeños itinerarios obligatoris en toda formación conducente… tendente a explicar como funciona un Certificado de Profesionalidad.

    Para que los usuarios lo demanden.. con criterio.. tienen que sabér de qué va….!! Ardua labor tenemos como formadores/informadores.

    El futuro proximo está en los Certificados de profesionalidad, esperemos que nos permita una Formación»más profesional».

  3. Celu Ojeda dice:

    Clarísimo compañero.

    Será muy interesante seguir leyéndote.

    La madre del cordero puede estar en saber que requisitos tendrán las empresas de formación para que esa formación sea convalidable… y como se relaciona con la formación que se imparte ahora por Tripartita.

    Interesantísimo el tema

  4. Marcelino Martel dice:

    Está claro que los Certificados de Profesionalidad no tienen sentido si la sociedad no los demanda. Necesitamos que empresas y trabajadores comiencen a adaptar/ajustar sus perfiles profesionales a los CP y también demandar al Instituto de Cualificaciones y todos los entes implicados en la rápida actualización de éstos a los cambios del mercado…

    Por otro lado, lo que comentas Celu, algo hay ya. Es un debate interesante y a la vez espinoso. La entrada de las empresas de formación en los la impartición de los CP parece ser inminente. Aunque surgen algunas dudas sobre la gratuidad (para quien lo recibe) de la formación asociada que promueve la norma entre otras. Es un cambio sobre el cambio y como dice MGago, son inminentes y traen novedades… esperemos y veamos como se desarrollan.

  5. Anuski dice:

    Hola, antes de nada muchísimas gracias por tus síntesis maravillosamente claras y por tanto aclaratorias 🙂 Solo hay una cosa que no entiendo bien, el último gráfico. En él veo que un Título comprende varias cualificaciones y que éstas tienen como referencia 1 sola cualificación del catálogo. ¿No serán varios módulos profesionales en lugar de varias cualificaciones los que comprende el Título?

    Muchas gracias y saludos!

  6. emarcenet dice:

    Hola Anuski, está correcto. Un Titulo comprende varias cualificaciones que, a través del desarrollo curricular del mismo(también en boe, en el ejemplo tienes el enlace) se estructura la formación necesaria de cada cualificación. Te digo una regla que nunca falla:

    1 Titulo de FP = Varias cualificaciones(formación desarrollada por currículo asociada a las unidades de competencia)

    1 Certificado de profesionalidad = 1 cualificación (desarrollada por módulos formativos asociados a las unidades de competencia)

    Un saludo, y espero haber aclarado tus dudas!

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *